viernes. 19.04.2024
A poco más de un mes para el inicio de la temporada 2015/16, ya podemos conocer toda la información necesaria en relación a la tramitación de licencias por la Federación de Atletismo de la Región de Murcia para dicha campaña, dando comienzo el plazo ya en algunos casos este mismo 1 de octubre. Se informa de que todas aquellas tramitaciones de renovación, alta y cambio de club de atletas habrán de realizarse un año más a través de los clubes mediante la plataforma de Extranet de la RFEA (https://isis.rfea.es/sirfea2/). Por su parte, los atletas independinetes, jueces y entrenadores deben tramitar su licencia directamente desde la FAMU.

PLAZOS DE RENOVACIÓN, ATLETAS, JUECES Y ENTRENADORES, Y CAMBIO DE CLUB
CLUBES

Del 1 al 10 de octubre podrá efectuarse la renovación de la licencia de Club Nacional. Tras este periodo, todo club que habiendo tenido licencia nacional la temporada 2014/15 quiera volver a realizar licencia nacional tendrá que abonar un recargo de 300€ y la cuota anual correspondiente. Los clubes autonómicos podrán renovar su licencia a partir del 1 de octubre, sin plazo límite.

ATLETAS, JUECES Y ENTRENADORES

Del 20 al 31 de octubre se podrán realizar las renovaciones y cambio de club (atletas) de las licencias nacionales de atletas, entrenadores y jueces (salvo en el caso de atletas de categoría cadete, infantil, alevín y benjamín, quienes podrán renovar en cualquier momento de la temporada sin recargo). Una vez transcurrido este plazo, la renovación tendrá un recargo de 33€.

A partir del 20 de octubre y a lo largo de toda la campaña 2015/16 podrán renovarse las licencias autonómicas, a excepción de aquellas que supongan cambio de club, en cuyo caso deberán tramitarse del 20 al 31 de octubre, al igual que las nacionales. La documentación requerida para la tramitación de la licencia nueva y de la renovación ha de estar depositada en la FAMU 5 días antes de la primera competición del atleta.

En el caso de aquellas licencias que, pasado el plazo de 15 días desde su tramitación, no se hubiera presentado la documentación que proceda (licencia, empadronamiento, permiso de residencia, etc.) o realizado el pago de las mismas, serán denegadas y, en consecuencia, el afectado deberá iniciar de nuevo la tramitación de la licencia. Dicha documentación ha de ser presentada en la FAMU bien por correo ordinario (Apdo. Correos 4177, 30008 Murcia) o físicamente en la oficina de la FAMU (Avda. Juan Carlos I, 1, 30009 Murcia). 

FORMALIZACIÓN DE LAS LICENCIAS FEDERATIVAS CLUBES

La renovación de la licencia la tramita directamente la FAMU por la Extranet de la RFEA, habiendo comunicado previamente el club su renovación mediante el documento de solicitud de renovación de licencia federativa de club (adjunto en la circular) por correo ordinario o e-mail a [email protected], junto con el justificante de ingreso únicamente de la cuota FAMU de la licencia. En el caso de los clubes de nueva afiliación, tendrán que completar el formulario de licencia nueva junto con la documentación requerida. 

ATLETAS, JUECES Y ENTRENADORES LICENCIA NUEVA

Los clubes deberán dar de alta a sus atletas en la Extranet de la RFEA, y enviar a la FAMU:

1.Formulario de licencia RFEA debidamente cumplimentado y firmado por duplicado (siendo imprescindible que al menos una de las copias sea original, no pudiéndose enviar por fax o e-mail). No será tramitada ninguna licencia que no esté firmada.
2.Justificante de ingreso junto con la "factura proforma” que expide la Extranet.

En el caso de atletas independientes, deberán enviar directamente a la FAMU dicha documentación.

LICENCIA RENOVADA

Los clubes renovarán a sus atletas en la Extranet de la RFEA, enviando posteriormente a la FAMU justificante de pago o talón junto con la "factura proforma” que expide la Extranet. Los clubes obligatoriamente habrán de actualizar en la Extranet todos los datos de sus atletas (incluido el DNI de aquellos que ya lo tengan) ya que de acuerdo a esos datos se expedirá el carnet FAMU.

Los atletas de clubes FAMU que renueven licencia con su club, deberán cumplimentar el documento de renovación de licencia, que no deberá ser entregado a la FAMU sino que tendrá que permanecer en poder del club pudiendo ser requerido por la FEA para su aprobación si se creyera oportuno. Mientras, los atletas de clubes NO FAMU o atletas independientes que renueven licencia, habrán de enviar el documento de renovación a la FAMU por correo ordinario. 

FOTOGRAFÍAS PARA LAS LICENCIAS FEDERATIVAS

En el caso de los atletas de clubes FAMU, sus clubes habrán de subir a la Extranet RFEA las fotografías de todos los atletas (nacionales y autonómicos). Todo aquel (atleta, juez, entrenador) que no tenga foto no podrá contar con el carnet federativo impreso.

Para los atletas de clubes NO FAMU independientes, será necesario enviar una fotografía a la FAMU, bien por correo electrónico o por correo ordinario. No se imprimirá el carnet federativo a todo aquel que no tenga foto. De la misma manera ocurrirá con entrenadores y jueces, que también deberán enviar su foto a la FAMU por mail o correo ordinario.

PAGO DE LAS LICENCIAS FEDERATIVAS ATLETAS

Las cuotas RFEA de estas licencias se abonarán mediante domiciliación bancaria que será emitida por la RFEA al número de cuenta proporcionado por el club en el momento de tramitar las licencias. Una vez generado el pago (gestión de pagos), los clubes podrán ver en la Extranet las cantidades pendientes de cargo en su cuenta y la fecha prevista de cargo en cuenta de cada factura. El resto de la cuota de la licencia (FAMU y seguro) el club la deberá abonar a la FAMU a través de transferencia o talón.

CLUBES

La cuota RFEA se cargará directamente mediante recibo domiciliado a la cuenta bancaria que los clubes tengan indicado en su ficha de la Extranet. Por tanto, los clubes solamente deberán abonar a la FAMU por transferencia o talón la cuota territorial. Una vez que se haya validado la licencia, el club recibirán en los siguientes días un cargo en su cuenta por la cuota RFEA.

Como en años anteriores, las licencias de Entrenadores, Jueces y Atletas independientes deberán ser tramitadas en la FAMU y abonando el total de las cuotas de la licencia íntegramente a la FAMU.

Nº de cuenta de la FAMU: IBAN ES67 0487 0035 6120 00012023 (Cajamurcia)

DOCUMENTACIÓN ATLETAS EXTRANJEROS

La documentación de extranjeros habrá de ser presentada anualmente, en caso de desear renovar la licencia.

ATLETAS DE UN ESTADO MIEMBRO DE LA UNIÓN EUROPEA

1.Certificado de registro, de estar o haber solicitado su inscripción en el Registro Central de Extranjeros, o tarjeta de residencia de la Unión Europea.
2.Certificado de empadronamiento de la Comunidad Autónoma por la que desee tramitar su licencia.

RESTO DE ATLETAS

1.Tarjeta de identidad de extranjero
2.Tarjeta de residencia en vigor
3.Certificado de empadronamiento de la Comunidad Autónoma por la que desee tramitar su licencia.

En el caso de los atletas de categoría juvenil – cadete – infantil – alevín – benjamín, será suficiente con el certificado de empadronamiento y documento acreditativo de la identidad del atleta.

Los atletas extranjeros podrán tramitar licencia por un club o como independientes. En ambos casos dicha licencia será nacional a excepción de atletas extranjeros hasta la categoría juvenil -incluida-, que podrán tramitar licencia autonómica.

Cuotas y procedimiento para tramitación de licencias federativas 2015/16
El usuario es responsable de sus comentarios. Se compromete a que no difamen, insulten, contengan información falsa, abusiva, pornográfica, amenazadora, que dañe la imagen de terceras personas o que infrinja alguna ley.
Sportcartagena se reserva el derecho de eliminar los comentarios que considere inadecuados.
Comentarios