viernes. 19.04.2024
EL CÓDIGO DISCIPLINARIO DE LA RFEF ES TAJANTE

El Cartagena se enfrentaría a un posible descenso si se prueba que hubo intento de compra al entrenador del Extremadura

Al hilo de los últimos acontecimientos que colean en el Cartagena este miércoles pasado IUSPORT publicaba una información en dónde se refieren al riesgo de un posible descenso si se confirma que hubo intento de compra al entrenador del Extremadura por dejarse perder.  El reportaje se ofrece en base a la información publicada por los compañeros del diario EL MUNDO Quico Alsedo y Esteban Urreiztieta. Nadie sabe en cómo puede acabar este enojoso asunto que escribe su segundo capítulo

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Belmonte entre el presidente de la Comunidad Autónoma Fernando López Miras y la alcaldesa de Cartagena Ana María Castejón al término del partido. Foto RAUL VELASCO

Cartagena y Extremadura se enfrentaban en el estadio Cartagonova en el partido de vuelta de la eliminatoria final por el ascenso a la Liga 123 con la ventaja de 1-0 de la ida para los extremeños.

Según la información y como ya recogió SPORTCARTAGENA desde primeras horas de la madrugada de este miércoles 27, al entrenador del conjunto de Almendralejo, Juan Sabas, le ofrecieron supuestamente hasta en dos ocasiones 300.000 euros con tal de facilitar el ascenso de categoría al Cartagena. Dos propuestas que declinó, siempre según la referida información.

Además, varios futbolistas del Francisco de la Hera fueron contactados para intentar arreglar el resultado en favor del conjunto cartagenero. Los jugadores no sólo rechazaron estos ofrecimientos o intentaron ningunearlos, sino que lo pusieron en conocimiento del club, que fue quien dio la voz de alarma a LaLiga y la RFEF.

El club extremeño puso en conocimiento de LaLiga estos ofrecimientos y esta ya los ha trasladado a la Policía para que los investigue.

En la denuncia en la que se basa la información de EL MUNDO se refleja que el máximo accionista del Club Deportivo Leganés, Felipe Moreno, reconocido amigo del propietario del Cartagena, Francisco Belmonte, fue una de las personas que realizó dichos ofrecimientos, lo que mete al conjunto madrileño de por medio.

Moreno ofreció a Sabas, según el relato que está en poderes policiales, contratarle para la próxima temporada en el Cartagena siempre que el conjunto blanquinegro lograra subir a la Liga 123. Ello deja claro que el máximo accionista pepinero actuaba como ‘tapado’ de su amigo, el presidente del Cartagena, quien quería ser el beneficiado de toda esa operación.

Porque si no, se preguntan ¿qué sentido tiene que un presidente ofrezca a un entrenador un contrato con otro club que no es el suyo? ¿Qué poder tiene el máximo accionista del Leganés en el Cartagena? A priori ninguno. El club cartagenerista quiso zanjar el asunto con un comunicado oficial en el que se desvincula del asunto y mientras la mayoría de sus casi 7000 abonados esperaban una respuesta contundente del presidente Francisco Belmonte este se reunía con su director general Manuel Sánchez Breis y el entrenador Alberto Monteagudo en un restaurante de Cabo de Palos para decidir su futuro en el transcurso de una tranquila comida, lejos de los focos de los periodistas.

Posible inhabilitación a directivos

Tambien se refiere en dicha información que, pese a que el Leganés no es ninguno de los dos equipos principales en el encuentro, tiene un papel importante. Y es que el máximo accionista del conjunto pepinero, según la denuncia, es quien hace uno de los ofrecimientos al técnico del Extremadura.

El Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) califica toda conducta dirigida a la predeterminación de resultados como una infracción “muy grave”. La normativa contempla que los directivos que intervengan a través de la “anómala actuación de uno o de los dos equipos contendientes” podrán ser sancionados con la inhabilitación de dos a cinco años “y se deducirán seis puntos de su clasificación a los clubes implicados”.

Artículo 75. Predeterminación de resultados.

1. Toda conducta dirigida a la predeterminación de resultados, será considerada comoinfracción muy grave, y será sancionada de acuerdo con lo dispuesto en el presente artículo.

 a) Los que con dádivas, presentes, ofrecimientos o promesas a los árbitros obtuvieren o intentaren obtener una actuación parcial y quienes 39 los aceptaren o recibieren, serán sancionados, como autores de una infracción muy grave, con inhabilitación por tiempo de dos a cinco años; además se deducirán seis puntos en su clasificación a los clubes implicados, anulándose el partido.

 b) Los que intervengan en acuerdos conducentes a la obtención de un resultado irregular en un encuentro, ya sea por la anómala actuación de uno o de los dos equipos contendientes o de alguno de sus jugadores, ya utilizando como medio indirecto la indebida alineación de cualquiera de éstos, la presentación de un equipo notoriamente inferior al habitual u otro procedimiento conducente al mismo propósito, serán sancionados, como autores de una infracción muy grave, coninhabilitación por tiempo de dos a cinco años, y se deducirán seis puntos de su clasificación a los clubes implicados, declarándose nulo el partido, cuya repetición sólo procederá en el supuesto de que uno de los dos oponentes no fuese culpable y se derivase perjuicio para éste o para terceros tampoco responsables.

 2. Los que participen en la comisión de las infracciones descritas en los apartados a) y b) sin tener la responsabilidad material y directa, serán sancionados con inhabilitación o privación de licencia por tiempo de dos años. Para la determinación del grado de responsabilidad de estos sujetos, el órgano disciplinario tendrá en cuenta las reglas sobre responsabilidad que establece la legislación penal.

 3. El club directamente beneficiado por las conductas descritas en el apartado 1 del presente artículo, podrá ser sancionado con la pérdida de categoría, en el caso de que pueda demostrarse algún vínculo con los autores de la infracción.

 4. En todo caso procederá el decomiso de las cantidades si éstas se hubieren hecho efectivas. 

Sin embargo, en el caso de que se demostrara que el máximo accionista del conjunto madrileño estuvo implicado, a priori, el Leganés no vería riesgo de ser descendido a Segunda División como sanción porque las matemáticas le salvan. Si el Comité Disciplinario de la RFEF aplica el artículo 75 y decide deducirle seis puntos como club implicado que sería a través de su presidente, pasaría de tener 43 a tener 37, que todavía son ocho puntos más que el Deportivo, el 18º equipo y primero por la cola en Primera División.

EL CARTAGENA, PRESUNTO “CLUB DIRECTAMENTE IMPLICADO”

Sin despegarnos todavía del Código Disciplinario, el conjunto cartagenero sería quien se llevaría la peor parte. La normativa reza que “el club directamente beneficiado por las conductas descritas en el apartado 1 del presente artículo (predeterminación de resultados), podrá ser sancionado con la pérdida de categoría, en el caso de que se demostrase algún vínculo con los autores de la infracción”.

Por lo tanto, y a pesar del hipotético caso que el conjunto albinegro no hubiera hecho de manera directa los ofrecimientos, si llegara a tener algún vínculo con quien los hizo, en aplicación de dicho precepto, sería descendido a Tercera División. Según se cuenta en la denuncia, parece que sí hay un vínculo, puesto que, según El Mundo, el máximo accionista del Leganés y el dueño del Cartagena son “reconocidos amigos”.

Por el momento, el Extremadura ha confirmado los hechos en un comunicado, así como el traslado de la denuncia a LaLiga y la RFEF. El Cartagena, por su parte, se desvincula de cualquiera de los actos denunciados aunque su imagen queda sensiblemente dañada. Queda por ver cuál será la duración de la investigación y, sobretodo, su desenlace. Si el conjunto cartagenero fuese declarado culpable de intento de amañar el partido, podría ser sancionado con la peor de las penas disciplinarias posibles.

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