viernes. 29.03.2024
POR SU EXPULSIÓN ANTE EL CÁDIZ

Pese a las alegaciones del club, Cristo es castigado con un partido de sanción

El club cartagenerista puso una alegación a la tarjeta roja directa que Cristo Martín vio el pasado domingo ante el Cádiz, por una entrada sobre Lolo Plá. Además, también han tratado de que le retiraran la amarilla que vio Chus Hevia por, supuestamente, tirarse tras una acción con el defensa...

El club cartagenerista puso una alegación a la tarjeta roja directa que Cristo Martín vio el pasado domingo ante el Cádiz, por una entrada sobre Lolo Plá. Además, también han tratado de que le retiraran la amarilla que vio Chus Hevia por, supuestamente, tirarse tras una acción con el defensa central Aridane. El Comité ha desestimado en ambos casos las alegaciones y mantiene los castigos.

En su escrito, el Juez Único alude a que "en el caso que nos ocupa, la atenta visión de las pruebas aportadas, no permite concluir que concurra ninguno de los dos supuestos, pues nos encontramos en definitiva ante una valoración diferente por parte del club alegante de los lances de juego correspondientes a la amonestación del jugador Don Jesús Hevia Martín y la expulsión del jugador Don Cristo Martín Hernández, respecto a la realizada por el Colegiado en las respectivas acciones, sin que pueda prevalecer aquélla sobre ésta, máxime cuando las referidas imágenes, de escasa calidad y captadas desde un plano lejano, resultan compatibles con la descripción de los hechos que se contiene en el acta arbitral y, en definitiva, no permiten desvirtuar su presunción de veracidad".

Instantes después de este momento, el arbitro sancionó a Chus Hevia con amarilla por tirarse. Sanción ahora confirmada. Foto: R.VELASCO

De esta manera, finaliza confirmando los castigos:

- Amonestar al jugador del FC Cartagena, D. JESÚS HEVIA MARTÍN, con  multa accesoria al club en cuantía de 30 €,  en aplicación de los artículos 124 y 52.3 del Código Disciplinario de la RFEF.

- Suspender por UN PARTIDO  a D. CRISTO MARTÍN HERNÁNDEZ, jugador del citado  club, en aplicación del artículo 123.1 del citado texto, con multa accesoria en cuantía de 45 € al club y de 288 € al infractor (artículos 53.4 y 5).

Pese a las alegaciones del club, Cristo es castigado con un partido de sanción
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