12 de agosto de 2014, 21:52
LA BANDERA ROJA EN LAS PLAYAS
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia es muy consciente de la importancia de la seguridad en las playas, por lo que a través del “Plan Copla” que es un plan de actuación de Plan de Vigilancia y Rescate en Playas y Salvamento en la Mar de la Región de Murcia, pretende establecer en todos los municipios costeros de la región la mayor coordinación de los medios existentes de forma habitual.
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BANDERA VERDE: Significa que el baño está permitido, con las condiciones óptimas para bañarse, nadar o bucear son buenas.
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BANDERA AMARILLA: Significa que hay que tener precaución a la hora de bañarse, ya sea para nadar o para bucear.
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BANDERA ROJA: Significa que el baño está prohibido en todos los aspectos, tanto en lo referente a la natación como para el buceo.
Aun con la peligrosidad que supone bañarse en las playas cuando ondea la bandera roja, son muchos los imprudentes a lanzarse al agua. Pero velando por la seguridad de los bañistas, el Ayuntamiento de Cartagena cuenta dentro de su normativa con la Ordenanza municipal de uso y aprovechamiento de playas, en donde sanciona como infracción grave el proceder al baño en zonas de bandera roja, y que atendiendo a la intencionalidad y la reincidencia, esta acción puede llevar acarreada una sanción de hasta 1500€.
Por todo ello, y en virtud a lo dispuesto en la citada ordenanza, en el caso de que algún usuario procediera a bañarse cuando esté la bandera roja, los servicios de salvamento les informarán de la acción cometida, invitándole a que salga del mar, mencionando la infracción que está cometiendo. Si hace caso omiso a las instrucciones que se les ha dado por los servicios de salvamento, la Policía Local acudirá al lugar, para que realicen las actuaciones y diligencias pertinentes para hacer cumplir la prohibición del baño y denunciando en su caso.