jueves. 18.04.2024

La resolución del TADno cabe duda que ofrece un balón de oxígeno al propietario Pablo Comas, muy cuestionado y al que le han caído dos dimisiones en el consejo en los últimos días.

El pasado 21 de julio informában en IUSPORT del recurso anunciado por el Recreativo contra la resolución del Juez de Disciplina de LaLiga de 13 de julio de 2015 que le imponía la sanción de descenso administrativo.

No obstante, el club aclaraba que esta resolución no se había aplicado porque el club onubense ya descendió deportivamente a Segunda B. En el entorno recreativista llegó a preguntarse si el club habría de ascender por ello dos veces.

Desde el 'Decano' se reconocía que esta sanción era "testimonial", no obstante lo cual la recurrían para "salvaguardar" sus derechos de un "hipotético ascenso administrativo", que a pesar de todo consideraba "remoto".

La resolución del TAD indica que el descenso de categoría impuesto es "inaplicable" por encontrarse el club por entonces fuera de la Liga de Fútbol Profesional.

En cuanto al fondo, el TAD considera la sanción excesiva, afirmando que la procedente es la de mero apercibimiento y multa accesoria.

Por todo ello, el TAD estima parcialmente el recurso contra la resolución del Juez de Disciplina Social de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, anulando la sanción de descenso administrativo e imponer al Recre, en su lugar, la sanción de apercibimiento, así como reducir la cuantía de la multa accesoria impuesta, que queda fijada en 30.051,61 euros.

El TAD anula el descenso administrativo del Recreativo de Huelva
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